Doctrina Social de la Iglesia (1)
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 Doctrina Social de la Iglesia y sus principios

Los expertos de la Unión Social de Empresarios Cristianos de Chile nos ofrecen una rápida mirada por los principios de la Doctrina Social de la Iglesia


Por: Unión Social de Empresarios Cristianos de Chile | Fuente: USEC.c



La doctrina social católica se fundamenta en el amor de Dios para cada uno de sus hijos. Este amor ha sido revelado por Jesucristo quien con su muerte y resurrección, nos abrió la puerta de la salvación y de la vida eterna; y que con su vida y ejemplo nos señaló el camino a seguir para llegar al umbral de esa puerta. Todas las enseñanzas sociales de la Iglesia se fundamentan por lo tanto en el Evangelio y en una concepción del hombre que lo sitúa en este mundo como un constructor de la sociedad, pero siempre mirando a su destino final trascendente. Así visto, el hombre, creado por Dios y que volverá a Él, sólo puede manifestar su amor al Creador, amando a su prójimo y realizando su particular y único aporte a la construcción de una sociedad más próspera, justa, solidaria y plenamente humana. Es por esto, que si el ser humano no experimenta primero un encuentro personal con Jesucristo, transformando su vida, iluminando su mente y llenando de amor su corazón, difícilmente podrá perseverar en su propósito de seguir los principios e imperativos morales contenidos en la Doctrina Social. La Caridad de Cristo nos apremia.( 2Cor 5,14)
La vocación cristiana tiene implicaciones sociales ya que Jesús nos ordenó a continuar su misión de propagar el Reino de amor, justicia y paz.



Juan Pablo II y la Doctrina Social:


“Las permanentes circunstancias que padece el mundo contemporáneo y las deplorables condiciones de subdesarrollo en que se encuentran aún demasiados países demuestran la permanente actualidad de la doctrina social de la Iglesia y la necesidad de partir desde una perspectiva justa. Esta perspectiva se centra en la verdad del hombre, que es descubierta por la razón y confirmada por el Evangelio de Jesucristo, que proclama y promueve la auténtica dignidad y la natural vocación social de la persona”.

“La enseñanza social de la Iglesia ofrece orientaciones para la promoción de los derechos humanos, para la tutela de la familia, para el desarrollo de instituciones políticas auténticamente democráticas y participativas, para una economía al servicio del hombre, para un nuevo orden internacional que garantice la justicia y la paz y para una actitud responsable hacia la creación”.

“El compromiso social de los cristianos laicos se puede nutrir y ser coherente, tenaz y valeroso sólo desde una profunda espiritualidad, esto es, desde una vida de íntima unión con Jesús».

“El compromiso social es el medio para que los laicos sean capaces de expresar las grandes virtudes teologales --fe, esperanza y caridad-- a través del ejercicio de la difícil responsabilidad de edificar una sociedad menos lejana del gran proyecto providente de Dios”.

PRINCIPIOS DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA

La Unión Social de Empresarios Cristianos basa su quehacer en los conceptos contenidos en la Doctrina Social de la Iglesia Católica . Por su permanencia en el tiempo y universalidad de significado, los consideramos como el primer y fundamental parámetro de referencia para la interpretación y la valoración de los fenómenos sociales. De ellos se pueden deducir los criterios de discernimiento y de guía para la acción social en todos los ámbitos:

“La Doctrina Social, además de dirigirse de forma primaria y específica a los hijos de la Iglesia, tiene un destino universal. La luz del Evangelio, que la doctrina social refleja sobre la sociedad, ilumina a todos los hombres: todas las conciencias e inteligencias son capaces de captar la profundidad humana de los significados y de los valores expresados en esta doctrina, así como la carga de humanidad y humanización

1. Respeto a la dignidad de la persona y fomento de su desarrollo integral.
Partimos del hecho de que todo ser humano es un ser único, irrepetible e inteligente, con voluntad libre, sujeto de derechos y deberes, con destino trascendente y, por lo tanto, dignidad eminente. Es el origen, centro y fin de toda la vida social y económica. La realización y plenitud de la persona se da en su relación y crecimiento junto con sus semejantes; en el avance a la perfección en la comunión universal humano-divina que es su verdadera felicidad.

2. Bien Común. 
Es el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección. El bien común comprende la existencia de los bienes necesarios para el desarrollo de los hombres, y la posibilidad real de todos los hombres de acceder a ellos; exige el bienestar social y el desarrollo del grupo mismo; implica la paz, la estabilidad y la seguridad de un orden justo.

Según la Doctrina Social de la Iglesia (DSI): “La empresa debe caracterizarse por la capacidad de servir al bien común de la sociedad mediante la producción de bienes y servicios útiles. (…) Además de una función económica, la empresa debe desempeñar una función social, creando oportunidades de encuentro, de colaboración y de valoración de las capacidades de las personas implicadas” .

3. Destino Universal de los Bienes. 
Los bienes están destinados para uso de todos los hombres, son la herencia común de todos los habitantes pasados, presentes y futuros. Los bienes incluyen tanto los materiales (propiedades, económicos, etc), como los intelectuales (conocimientos, tecnologías, propiedad industrial, etc) y espirituales. La propiedad privada es un derecho y una responsabilidad que por su misma naturaleza tiene una hipoteca social ya su función es contribuir al sostenimiento y desarrollo del propietario y de sus prójimos. De igual manera, cada persona tiene la obligación de velar por la sustentabilidad y expansión de los bienes que tiene a su cuidado.

4. Subsidiaridad. 
Conforme a este principio, todas las sociedades de orden superior deben ponerse en una actitud de ayuda (« subsidium ») —por tanto de apoyo, promoción, desarrollo— respecto a las menores. Las entidades menores, por su parte, deben actuar por sí mismas en lo suyo al máximo, aceptar y aprovechar debidamente las ayudas de las entidades mayores y admitir la suplencia temporal de las mismas aún cuando no puedan o no quieran hacer lo que les compete y que fuera requerido para el bien común .

5. La Participación.
 Es la consecuencia característica de la subsidiaridad que se expresa, esencialmente, en una serie de actividades mediante las cuales el ciudadano, como individuo o asociado a otros, directamente o por medio de los propios representantes, contribuye a la vida cultural, económica, política y social de la comunidad civil a la que pertenece. La participación es un deber que todos han de cumplir conscientemente, en modo responsable y con vistas al bien común. La nueva organización del trabajo, en la que el saber cuenta más que la sola propiedad de los medios de producción, confirma de forma concreta que el trabajo, por su carácter subjetivo, es título de participación.




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